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Granada, 20 de julio de 2002
REUNIDOS en la ciudad de Granada, calle San Marcos, 5, los siguientes profesionales: — Agustín Bocos, abogado, Valladolid — Lluís Gallardo i Fernàndez, abogado, Barcelona — Joaquín Herrera del Rey, abogado, Sevilla — Francisco Morales Delgado, ingeniero industrial, Granada — Andrés Morey Navarro, abogado, València — Jorge Pinedo Hay, abogado, Madrid ACUERDAN, por unanimidad, constituir una asociación que se denominará Juristas Contra el Ruido, la misma no tendrá ánimo de lucro y se regirá por la vigente Ley de Asociaciones (Ley Orgánica 1/2002) y por los estatutos que, adjuntos a la presente, se aprueban en su totalidad; DISTRIBUIR los cargos de la Junta, según se acuerda en este acto y sin perjuicio de ser objeto de ratificación o nueva elección en la primera Asamblea General de la asociación, de la manera siguiente: — Joaquín Herrera del Rey: PRESIDENTE — Lluís Gallardo i Fernàndez: VICEPRESIDENTE Y TESORERO — Andrés Morey Navarro: VICEPRESIDENTE — Jorge Pinedo Hay: VICEPRESIDENTE — Agustín Bocos: SECRETARIO Los mismos se comprometen a desarrollar bien y fielmente sus cargos, según la Ley y los estatutos adjuntos, hasta su cese. LLEVAR A TÉRMINO, de manera prioritaria, las siguientes GESTIONES y por parte de quien se indica: 1ª.— Inscribir los estatutos y la presente acta en el Registro Nacional de Asociaciones (Ministerio del Interior), una vez debidamente firmados por los miembros de la Junta Directiva, y por parte de D. Jorge Pinedo Hay, a quien se le atribuye para este fin la representación de esta Junta constituyente. 2ª.— Obtener el Número de Identificación Fiscal, aún el de carácter provisional, y por parte de D. Joaquín Herrera del Rey. 3ª.— Abrir una cuenta corriente bancaria titularidad de Juristas Contra el Ruido, por parte de D. Lluís Gallardo i Fernàndez, en la entidad y sucursal que éste considere más pertinente, y una vez obtenido el NIF. Los GASTOS que causen dichas gestiones se asumirán de modo solidario por parte de los miembros de la Junta Directiva y sin perjuicio de repercutirlo (en forma de abono en metálico) al fondo social, tan pronto se dispongan de fondos monetarios. CONVOCAR una primera reunión de la Junta Directiva de la asociación que tendrá, necesariamente, como unos de los puntos del orden del día la convocatoria de la primera Asamblea General y con el fin de ratificar todo aquello decidido en esta reunión y en la antedicha de la Junta Directiva (con objeto, aparte del indicado, dar cuenta de las gestiones prioritarias realizadas, el de establecer la cuota de entrada en la asociación, publicitar la asociación a los medio de comunicación y entidades, públicas o privadas, a las que presumiblemente interese la existencia de esta nueva asociación, emisión de tarjetas, folletos, dípticos, website, etc. que igualmente contribuya a tal fin de puesta en conocimiento público de la asociacíon, etc.) Esta reunión de Junta deberá celebrarse dentro del último trimestre del corriente año.
Y para que así conste, firmamos este documento por duplicado en la ciudad y fecha señaladas en el encabezamiento. Noticias sobre ruidos Comentarios sobre problemas con el ruido Sentencias sobre ruidos Legislación sobre contaminación acústica Archivos sobre sentencias ruidos Estatutos Abogados contra el ruido Enlaces de Web de abogados Aviso Legal Condiciones de Uso
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